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Publicada la convocatoria para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» 2024
Mediante la Orden IGD/954/2024, se ha publicado el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2024. La finalidad del distintivo es reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa. Pueden ser candidatas las empresas o entidades de capital público o privado, que ejerzan su actividad en territorio español, excluidas las administraciones públicas. Para acceder al distintivo se requiere, además del cumplimiento de los requisitos generales de estar inscritas en el correspondiente régimen de SS, encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia tributaria y de SS y no haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación, el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos:- Presentar una declaración de apoyo a la candidatura, firmada por la mayoría de la representación legal de las personas trabajadoras o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla.
- Disponer de un procedimiento específico para la prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.
- Disponer del registro retributivo.
- En el caso de empresas obligadas a presentar un plan de igualdad:
- Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva
- Haber realizado el correspondiente informe de seguimiento del plan de igualdad, durante un periodo mínimo de 2 años
- En caso de tratarse de entidades que no puedan formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, y que cuenten con consejo de administración: presencia mínima de mujeres del 30 % en el consejo
- Cuando se trate de entidades o empresas sin obligación de presentar plan de igualdad:
- Tener medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario
- Haber implantado medidas de igualdad durante un periodo mínimo de 2 años
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